La autoridad tributaria otorgó un periodo de transición para utilizar ambas versiones, luego de que realizó una actualización a la factura electrónica, la cual pasó de la versión 3.3 a la 4.0.
CIUDAD DE MÉXICO (proceso.com.mx). -El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que, hasta el 30 de abril, los contribuyentes podrán facturar con el sistema de facturación electrónica que utilizaron en 2021.
La autoridad tributaria otorgó un periodo de transición para utilizar ambas versiones de facturación con el objetivo de adaptarse a las nuevas necesidades para la emisión de facturas o recibos de nómina.
En la versión más reciente los cambios más importantes son la obligatoriedad del nombre y domicilio fiscal tanto del emisor como del receptor. También, en el caso de los recibos de nómina, los trabajadores deberán proporcionar a su empleador su RFC, nombre completo, así como el código postal de su domicilio fiscal registrados ante el SAT.
En el caso de los recibos de nómina, los trabajadores pueden consultar sus datos fiscales en lo que comúnmente se conoce como Constancias de RFC (Constancia de Situación Fiscal o Cédula de Identificación Fiscal).
Estas pueden ser tramitadas con Contraseña o e.firma (firma electrónica) en las siguientes rutas:
https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/53027/genera-tu-constancia-de-situacion-fiscal
https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/28889/obten-tu-cedula-de-identificacion-fiscal