Una regla de la Miscelánea Fiscal establece que los CFDI en donde se señale como forma de pago “Intermediario pagos” se considerarán como pagados en efectivo.
Los casos en que se utilizan intermediarios de pagos y, por esa razón, el emisor de la factura electrónica o Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) no cuenta con la información del pago, se podrá señalar como forma de pago ‘Intermediario pagos’. Esto lo establece la regla 2.7.1.37. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023.
La regla también establece que los CFDI en donde se señale como forma de pago “Intermediario pagos”, se considerarán como pagados en efectivo.
Detectan problema para deducir pagos a través de intermediarios
Lo anterior representa un problema para los contribuyentes. Esto se debe a que los CFDI se considerarán como pagados en efectivo, lo que implica el incumplimiento del requisito para deducciones de gastos superiores a 2,000 pesos, los cuales deben pagarse con medios distintos al efectivo, de acuerdo con un análisis Fiscalia.
La consultora señala que la legalidad de la regla mencionada resulta cuestionable, porque prohíbe la deducción de una erogación basándose en una leyenda de la factura que no necesariamente refleja la realidad. Por eso, indica que esta sería una cuestión a dirimir en tribunales.
En este contexto, Fiscalia recomienda que los contribuyentes que utilizan los servicios de estos intermediarios para la recepción de pagos, observen que estos intermediarios proporcionen todos los datos necesarios para evitar este problema. Pero considera que esto no soluciona el problema tratándose de intermediarios extranjeros, que no estarían sujetos al cumplimiento de una legislación fiscal local.
Fuente: El contribuyente a 04/12/23.
www.elcontribuyente.mx/2023/12/detectan-problema-para-deducir-pagos-a-traves-de-intermediarios