La fiel o e.firma es un tipo de firma electrónica avanzada que funciona como un identificador único tanto para personas físicas, así como morales que se utiliza para realizar trámites y servicios ante el Gobierno de México, especialmente en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Además, sirve para firmar documentos y solicitudes de forma electrónica, es un archivo digital cifrado con el que te identificas para realizar trámites con los organismos públicos en México. La e.firma es única, es un archivo seguro, que tiene la validez de una firma autógrafa.

Funciones de la e.firma dentro de la operación de comercio exterior:

  • Funciona para identificar de manera única a personas físicas y morales.
  • La firma electrónica avanzada permite firmar solicitudes electrónicas relacionados con autorizaciones, registros, tramites,  en buzón tributario o ventanilla digital.
  • Es usada en medios electrónicos y aplica de la misma manera, jurídicamente hablando, que la firma autógrafa.
  • La e.firma es requisito para gozar de ciertas autorizaciones, registros, padrones y el no tenerla vigente implicaría la no procedencia, suspensión o cancelación de dicha autorización o registro. 
  • La e.firma es indispensable para tener un monitoreo de obligaciones fiscales y aduaneras. 

La e.firma tiene una vigencia de 4 años a partir del día de su expedición, y se puede renovar en línea hasta 24 horas antes de su vencimiento, en caso de no realizarlo habrá que acudir a un módulo de atención del SAT

Conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de diciembre del 2022, en la regla 2.2.14 que nos indica los Requisitos para la solicitud de generación o renovación del certificado de e.firma y  que para los efectos del artículo 17-D del CFF, el SAT proporcionará el Certificado de e.firma a las personas que lo soliciten, previo cumplimiento de los requisitos señalados en las siguientes fichas de trámite para renovar el certificado de e.firma a través de SAT ID:

  • 106/CFF Solicitud de renovación del Certificado de e.firma para personas físicas 
  • 306/CFF Solicitud de renovación del Certificado de e.firma para personas morales.

Contenidas en el Anexo 1-A, según sea el caso.

Cuando se identifique que el contribuyente se ubica en alguno de los supuestos del artículo 17-D, párrafo sexto del CFF y no haya corregido su situación fiscal, el SAT negará la emisión del certificado de e.firma.

En BG Group te sugerimos revisar la vigencia de tu fiel para generar la renovación de manera oportuna y continuar con tu acceso a las diversas dependencias elaborando tus tramites de manera puntual. 

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