Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
SEGUNDA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO
EXTERIOR PARA 2023 Y ANEXOS 2, 4, 6 Y 21
El Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en los artículos 1o., 2o., fracción VII y 144 de la Ley Aduanera; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, y 8 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, resuelve:
PRIMERO. Se reforman las reglas 1.2.4., fracción I; 1.3.3., párrafo primero, fracción XXIII; 1.11.1., párrafo primero, fracción III; 1.12.1., párrafo tercero; 1.12.12., párrafo tercero; 3.5.9., párrafo primero, fracción I, párrafo tercero; 3.7.18., párrafo primero, fracción VI; 4.8.2., y 6.1.1., párrafo segundo; y se deroga la regla 2.4.10., párrafo tercero de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023, para quedar de la siguiente manera:
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Fuente: DOF 25/04/23
www.dof.gob.mx