El Sistema Automático de Devoluciones es una facilidad administrativa a través de la cual se confirma el saldo a favor del impuesto sobre la renta que manifiesta el contribuyente en su declaración anual de personas físicas, conforme a validaciones automáticas que realiza la autoridad efectuándose el depósito del saldo procedente sin que medie ninguna acción adicional, esta facilidad podrá ser aplicada hasta el 31 de julio 2022 tal y  como lo establece la regla 2.3.2 de la RMISC 2022, siempre que:

  • La declaración anual corresponda al ejercicio 2021.
  • Hayas optado por devolución en tu declaración.
  • El saldo a favor sea menor a 150 mil pesos.
  • Proporciones una cuenta CLABE activa y a tu nombre.
  • De seleccionar la CLABE precargada, podrás firmar con Contraseña hasta por un Importe de 150 mil pesos.

No procederá la devolución automática cuando:

  • Hayas obtenido ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
  • Solicites un saldo a favor por un monto superior a 150 mil pesos.
  • Solicites la devolución por ejercicios fiscales distintos a 2021.
  • Presentes la declaración después del 31 de julio de 2022.
  • Te encuentres dentro del listado a que se refieren los artículos 69 o 69-B del CFF
  • Solicites la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por contribuyentes que se encuentren dentro del listado a que se refieren los artículos 69 o 69-B del CFF
  • Se te hubiera cancelado el certificado emitido por el SAT conforme al artículo 17-H, del CFF.

*En el caso de haber presentado tu declaración y por error seleccionaste “Compensación” Y no se tienen impuestos por compensar, podrás presentar complementaria y aplicar la facilidad antes del 31 de julio.